Programa de ayudas para la renovación de las ventanas de la vivienda
El programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en las viviendas es uno de los cinco pilares sobre los que se articula el plan de rehabilitación integral residencia dotado con 3.420 millones de euros e incluido en la inversión 1 del componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR): Implementación de la Agencia Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración Urbana.
El programa a nivel vivienda tiene la finalidad de financiar actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas que constituyan el domicilio habitual y permanente de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios, ya sean viviendas unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
Por ello, el programa financiará actuaciones que consigan una reducción de al menos el 7% de la demanda energética de calefacción y refrigeración, disminuir el consumo de energía primaria no renovable un 30% o sustituir elementos constructivos de la fachada, como la renovación de ventanas.
¿Quién puede solicitar las ayudas?
Este plan de ayudas va dirigido principalmente a los propietarios, usufructuarios y arrendatarios de viviendas. Por este motivo, solo se financiarán las actuaciones que se realicen en los domicilios habituales y permanentes de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios. Todo ello podrá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento.
Cuantía de la ayuda
El importe de la subvención será del 40% del coste máximo de la actuación con un límite de 3.000 euros por vivienda. El coste mínimo de cada actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
¿Qué plazo hay para terminar las obras?
El plazo para realizar la obra solicitada en este programa de ayudas no podrá exceder de doce meses, contando desde la fecha de concesión de la ayuda. En cualquier caso las actuaciones objeto de financiación deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026.
Documentación y normativa sobre la convocatoria
La documentación necesaria para entregar en la solicitud de la convocatoria es la siguiente:
- Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de rehabilitación residencial
- Real Decreto Ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria
- Obligaciones de comunicación de los beneficiarios
- Componente 2: Plan de rehabilitación y regeneración urbana
Ayudas para la renovación de ventanas en Hermanos Gómez
En Hermanos Gómez ofrecemos la posibilidad de gestionar y financiar la reforma a realizar. De esta manera, se podrá dividir el coste total de la renovación hasta en 24 meses sin intereses.
Así pues, si cumples con estos requisitos y estás interesado en este programa para renovar las ventanas y/o puertas de entrada contacta con nosotros y pídenos presupuesto sin compromiso. En Hermanos Gómez te asesoramos y ayudamos en todo momento.